La idea del MEIC es facilitar la operación de estas entidades en plena emergencia nacional por la pandemia del COVID-19 que brindará nueve meses más de oxígeno para Pymes.
Buenas noticias para la Pequeña y Mediana Empresa (PYME), pues el Ministerio de Economía Industria y Comercio (MEIC), decidió extender por espacio de nueve meses más la vigencia de la condición PYME, lo que permitirá que mantengan su ingreso a los beneficios de diversas instituciones.
¿Qué permitirá la decisión? Mantener la vigencia del registro por un plazo que le permita acceder a los beneficios asociados, además, de evitar la realización de trámites que afecten la continuidad de sus actividades.
“El compromiso con el parque empresarial del país que tiene la condición PYME, es permanente y es parte de las acciones que tomamos para fortalecer o reorientar recursos que se dirigen a los Pymes que cuentan con dicha condición ante el MEIC”, aseguró la ministra de economía Victoria Hernández.
Aplica para todas aquellas empresas cuya condición tiene como fecha de vencimiento los meses de abril a diciembre del 2020, acción que es parte, además, de las medidas que se ejecutan en las mesas de trabajo del Comité Ejecutivo de Emergencias (COE), que buscan una respuesta inmediata a los usuarios de la emergencia por la pandemia de COVID-19.
“El registro PYME permite el acceso a recursos que ofrece el ecosistema de apoyo institucional a las Pymes y hemos ponderado que prorrogarlo permite a las empresas enfocarse en fortalecer sus estrategias y acciones ante la presente coyuntura”, amplió la ministra Hernández.
El Registro PYME, permite acceder a los siguientes beneficios derivados de la Ley 8262 “Ley de Fortalecimiento a las Pymes”:
• Recursos de financiamiento por medio del FODEMIPYME y el Sistema de Banca para el Desarrollo (SBD).
• Servicios de desarrollo empresarial y asistencia técnica por medio del INA y otras instituciones que conforman la Red de Apoyo PYME.
• Recursos del fondo PROPYME para innovación y transferencia tecnológica.
• Beneficios al Programa de Compras Públicas Pyme, según lo establece la legislación aplicable en materia de Contratación Administrativa y a otros programas de acompañamiento a las Pymes.
• Posibilidad de que las micro y pequeñas empresas puedan obtener la exoneración en el pago del Impuesto a las Personas Jurídicas si además están inscritas ante la Dirección General de Tributación.
• Exoneración del pago del IVA de los arrendamientos de las micro y pequeñas empresas inscritas en ante el MEIC, cuyo alquiler no supere el 1,5 del salario base mensual.