Consultas e información

INFORMACIÓN DE LA SOLICITUD
Ley N° 10554 MARCO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.
ARTÍCULO 10- Plazo para la entrega de la información pública:
La información de naturaleza pública deberá entregarse en un plazo no mayor de diez días hábiles, a toda persona física o jurídica, contado a partir de la fecha de recepción de la solicitud.
Si debido a la complejidad de lo requerido, la autoridad pública necesita un plazo mayor para atender la gestión, deberá informar al solicitante, en el plazo inicial de los diez días hábiles, con la debida justificación e indicando de cuánto será la ampliación, que deberá ser razonable, proporcional y no podrá exceder de forma excepcional el plazo de un mes.


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