Los operadores financieros son las entidades acreditadas ante el SBD, reguladas y no reguladas por la Superintendencia de General de Entidades Financieras (SUGEF), que tienen programas aprobados por el Consejo Rector, además, que cumplen con los fines y objetivos establecidos por la Ley 8634 y sus reformas. Entre ellas están: bancos públicos y privados, microfinancieras, cooperativas, asociaciones, empresas de crédito, entre otras.
Algunos de los operadores se definen como cerrados o abiertos, dado que algunos de ellos atienden segmentos específicos de mercado.
Es el producto o productos con los cuales los operadores financieros acreditados atienden a los beneficiarios de la Ley Nº 8634, los programas deben estar debidamente aprobados por el Consejo Rector.
Los operadores pueden otorgar a los beneficiarios los recursos financieros a través de diferentes productos: créditos directos, líneas de créditos, arrendamientos y todas aquellas que los operadores consideren dentro de las prácticas bancarias.
Conozca todos los programas actuales que trabajan con fondos del SBD en nuestros Operadores Financieros.
Los recursos que otorgan los operadores financieros se otorgan considerando los ciclos de vida de los proyectos en cuanto a plazo, periodos de gracia y actividad que se financie.
Los planes de inversión que se financian pueden ser:
Detalle | Tipo programa | Tasa colones activa referencIa para el BENEFICIARIO FINAL | Tasa dólares activa referencia para BENEFICIARIO FINAL | Comisión única hasta... |
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FONADE | 2DO.PISO | TD más margen hasta: 6% interm.financieros y 10% microfinanc | NA | 1,5% |
FONADE | DIRECTO 2DO.PISO | TBP-BCCR hasta: 6% interm.financieros y 10% microfinanc | NA | 1,5% |
FCD | DIRECTO 2DO.PISO | TBP-BCCR, piso 4% 50% TBP hasta 6% intermediarios y 10% microfinanc | TCD-6M, piso 3% 50% TCD hasta 5% interm. | 1,5% |
Inciso ii | DIRECTO 2DO.PISO | TBP-BCCR, piso 4% 50% TBP hasta 6% intermediarios y 10% microfinanc | TCD-6M, piso 3% 50% TCD hasta 5% interm | 1,5% |
Para efectos financieros y de endeudamiento del FONADE, además de las buenas prácticas utilizadas en la materia, se aplicarán las siguientes políticas para nuestros operadores financieros:
Para el cumplimiento de los fines establecidos el Consejo Rector, a través de su Secretaría Técnica, está facultado para negociar, contratar y ejecutar, de manera autónoma, endeudamientos internos y externos de mediano y largo plazos, hasta un nivel de endeudamiento máximo equivalente a 5,5 veces el patrimonio del Fonade.
Para lo anterior, el Consejo Rector aprobará previamente las siguientes condiciones:
El Fonade podrá titularizar sus flujos de ingresos futuros, sus bienes o un conjunto prefijado de activos y sus correspondientes flujos de ingresos.
Los valores provenientes de la titularización serán negociables conforme a los mecanismos y las reglas vigentes para el mercado de valores, los que podrán ser adquiridos por todo ente público o privado, nacional o extranjero, incluyendo las operadoras de pensiones.
Los recursos del Fonade se destinarán a los siguientes fines:
Para este propósito, el Consejo Rector destinará, anualmente, al menos el veinticinco por ciento (25%) de los recursos provenientes del inciso h) del artículo 59 de la Ley N. 0 7092, Ley del Impuesto sobre la Renta, de 21 de abril de 1988, comúnmente denominado “Impuesto a la Banca de Maletin”. El Fonade deberá aplicar las buenas prácticas internacionales, con el fin de desarrollar estos programas.
Los recursos que forman parte del Sistema de Banca para el Desarrollo están exentos de todo tipo de tributo y no serán considerados como parte del encaje mínimo legal. Esta disposición se aplicará también a los operadores financieros que hagan uso de estos recursos.
Estos recursos son canalizados a través de un conjunto coordinado de 99 entidades que colocan créditos, en función del perfil y el segmento de cada uno de los beneficiarios.
Los beneficiarios establecidos por esta ley son: las micro, pequeñas y medianas empresa, los emprendedores, el micro, pequeño y mediano productor agropecuario y los modelos asociativos empresariales. Además, se incluye a sectores prioritarios tales como: mujeres, adultos mayores, minorías étnicas, proyectos de producción limpia, personas con discapacidad, jóvenes emprendedores, asociaciones de desarrollo, cooperativas y zonas con un menor desarrollo.
Cada operador financiero tiene sus políticas, sin embargo, algunos de los factores que se analizan son: