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¿Qué es un Operador?

Los operadores financieros son las entidades acreditadas ante el SBD, reguladas y no reguladas por la Superintendencia de General de Entidades Financieras (SUGEF), que tienen programas aprobados por el Consejo Rector, además, que cumplen con los fines y objetivos establecidos por la Ley 8634 y sus reformas. Entre ellas están: bancos públicos y privados, microfinancieras, cooperativas, asociaciones, empresas de crédito, entre otras.

Algunos de los operadores se definen como cerrados o abiertos, dado que algunos de ellos atienden segmentos específicos de mercado.

¿Qué es un Programa?

Es el producto o productos con los cuales los operadores financieros acreditados atienden a los beneficiarios de la Ley Nº 8634, los programas deben estar debidamente aprobados por el Consejo Rector.  

Los operadores pueden otorgar a los beneficiarios los recursos financieros a través de diferentes productos: créditos directos, líneas de créditos, arrendamientos y todas aquellas que los operadores consideren dentro de las prácticas bancarias.

Programas por Operador Financiero

Conozca todos los programas actuales que trabajan con fondos del SBD en nuestros Operadores Financieros.

¿Cómo contactar a los Operadores?

En este sitio podrá encontrar a los operadores financieros y el contacto para que logre la atención, es importante aclarar que cada operador cuenta con al menos un programa aprobado según el perfil que atiende y en la zona geográfica determinada.

DIRECTORIO DE

OPERADORES

Plazos y otras condiciones

Los recursos que otorgan los operadores financieros se otorgan considerando los ciclos de vida de los proyectos en cuanto a plazo, periodos de gracia y actividad que se financie.

Los planes de inversión que se financian pueden ser:

  • Capital de trabajo
  • Compra de inmuebles
  • Compra de activos biológicos
  • Compra y reparación de la actividad productiva
  • Compra equipos.
  • Reparación de maquinaria para la actividad productiva.

Tasas de interés vigentes para los beneficiarios

Detalle

Tipo programa

Tasa colones activa referencIa para el BENEFICIARIO FINAL

Tasa dólares activa referencia para BENEFICIARIO FINAL

Comisión única hasta...

FONADE

2DO.PISO

TD más margen hasta: 6% interm.financieros y 10% microfinanc

NA

1,5%

FONADE

DIRECTO 2DO.PISO

TBP-BCCR hasta: 6% interm.financieros y 10% microfinanc

NA

1,5%

FCD

DIRECTO 2DO.PISO

TBP-BCCR, piso 4%

50% TBP hasta 6% intermediarios y 10% microfinanc

TCD-6M, piso 3%

 50% TCD hasta 5% interm.

1,5%

Inciso ii

DIRECTO 2DO.PISO

TBP-BCCR, piso 4%

50% TBP hasta 6% intermediarios y 10% microfinanc

TCD-6M, piso 3%  

50% TCD hasta 5% interm

1,5%

TBP: tasa básica pasiva  TCD: tasa promedio de captación dólares 6 meses   TD: tasa de desarrollo

¿Qué tiene que hacer para solicitar un crédito con recursos de Banca para el Desarrollo?

  1. El primer paso es dirigirse a un operador financiero que cuente con un programa en los que su proyecto productivo se ajuste y esté cerca de su ubicación geográfica.
  2. El operador financiero identifica si su proyecto es viable. Si es viable, entonces, da trámite a la solicitud de crédito.
  3. Además, si el empresario requiere asesoría y capacitación, Banca para el Desarrollo cuenta con colaboradores e instituciones con servicios no financieros como el INA para apoyarlo.

Para efectos financieros y de endeudamiento del FONADE, además de las buenas prácticas utilizadas en la materia, se aplicarán las siguientes políticas para nuestros operadores financieros:

Para el cumplimiento de los fines establecidos el Consejo Rector, a través de su Secretaría Técnica, está facultado para negociar, contratar y ejecutar, de manera autónoma, endeudamientos internos y externos de mediano y largo plazos, hasta un nivel de endeudamiento máximo equivalente a 5,5 veces el patrimonio del Fonade.

Para lo anterior, el Consejo Rector aprobará previamente las siguientes condiciones:

  • Una evaluación previa a la toma de la deuda sobre la capacidad de devolución del Fonade, a partir de su propio desempeño histórico de recuperaciones. Cuando la mora consolidada del Fondo de crédito del Fonade supere el cinco por ciento (5%), no sé podrán negociar o contratar nuevos endeudamientos.
  • Una evaluación de la gestión integral de riesgos asociados al Fondo y definición de las medidas apropiadas para su mitigación.
  • Una justificación técnica sobre la demanda proyectada de recursos, tomando en consideración el porcentaje y ritmo de colocación del Fondo de crédito del Fonade.

El Fonade podrá titularizar sus flujos de ingresos futuros, sus bienes o un conjunto prefijado de activos y sus correspondientes flujos de ingresos.

Los valores provenientes de la titularización serán negociables conforme a los mecanismos y las reglas vigentes para el mercado de valores, los que podrán ser adquiridos por todo ente público o privado, nacional o extranjero, incluyendo las operadoras de pensiones.

Los recursos del Fonade se destinarán a los siguientes fines:

  • Como capital para el financiamiento de operaciones crediticias bajo el esquema de Banca de Segundo Piso.
  • Como capital para el otorgamiento de avales que respalden el financiamiento que otorguen los participantes e integrantes del SBD.
  • Para servicios no financieros y de desarrollo empresarial.
  • Para fomentar, promocionar, incentivar y participar en la creación, la reactivación y el desarrollo de empresas, mediante modelos de deuda subordinada al éxito, capital semilla y capital de riesgo.

Para este propósito, el Consejo Rector destinará, anualmente, al menos el veinticinco por ciento (25%) de los recursos provenientes del inciso h) del artículo 59 de la Ley N. 0 7092, Ley del Impuesto sobre la Renta, de 21 de abril de 1988, comúnmente denominado “Impuesto a la Banca de Maletin”. El Fonade deberá aplicar las buenas prácticas internacionales, con el fin de desarrollar estos programas.

Los recursos que forman parte del Sistema de Banca para el Desarrollo están exentos de todo tipo de tributo y no serán considerados como parte del encaje mínimo legal. Esta disposición se aplicará también a los operadores financieros que hagan uso de estos recursos.

Estos recursos son canalizados a través de un conjunto coordinado de 99 entidades que colocan créditos, en función del perfil y el segmento de cada uno de los beneficiarios.

Los beneficiarios establecidos por esta ley son: las micro, pequeñas y medianas empresa, los emprendedores, el micro, pequeño y mediano productor agropecuario y los modelos asociativos empresariales. Además, se incluye a sectores prioritarios tales como: mujeres, adultos mayores, minorías étnicas, proyectos de producción limpia, personas con discapacidad, jóvenes emprendedores, asociaciones de desarrollo, cooperativas y zonas con un menor desarrollo.

¿Qué analiza el operador financiero para determinar que un proyecto es viable y se le puede otorgar el crédito?

Cada operador financiero tiene sus políticas, sin embargo, algunos de los factores que se analizan son:

  • Comportamiento de pago o historial crediticio del solicitante del crédito.
  • Garantía Oferecida.
  • Capacidad de pago del proyecto. Garantía ofrecida.
  • Experiencia en el negocio.
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