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El SBD está constituido por todos los intermediarios financieros públicos, con excepción del Banco Hipotecario de la Vivienda (Banhvi),  el Instituto de Fomento Cooperativo (Infocoop), las entidades públicas prestadoras de servicios no financieros y de desarrollo empresarial, y las instituciones u organizaciones estatales y no estatales que canalicen recursos públicos para el financiamiento y la promoción de proyectos productivos, de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 9274.

También pueden participar los intermediarios financieros privados fiscalizados por la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef), y las entidades privadas acreditadas por el Consejo Rector, independientemente de su naturaleza jurídica, pero que cumplan con los parámetros de valoración de riesgo aprobados por este Consejo y demás aspectos normativos, de control y supervisión que estén reglamentados. Asimismo, podrán participar las instituciones y organizaciones privadas prestadoras de servicios no financieros y de desarrollo empresarial, según las condiciones indicadas en la Ley N° 9274.

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